Autor: Jose David Rivera, Abogado Junior Liévano, Ochoa & Asociados
La Superintendencia de sociedades publicó la Circular Externa 100-000003 de 2023 (“la Circular¨) en la cual se modificó lo siguiente:
- Los plazos para la presentación del Informe 42-Prácticas empresariales (“Informe 42”).
- El formato de presentación de los informes al integrar: i) el Informe 50 – Prevención del riesgo de Lavado de Activos y Financiación del Terrorismo (LA/FT) (“Informe 50”) y ii) el Informe 52 – Programa de Transparencia y Ética Empresarial (PTEE) (“informe 52”). Conforme a lo anterior, se estableció el Informe 75-Sistema de Autocontrol y Gestión de Riesgo Integral de Lavado de Activos y Financiación del Terrorismo (SAGRILAFT) y PTEE (“Informe 75”).
- Los requerimientos y plazos para la presentación del Informe 58 – Oficiales de cumplimiento (“Informe 58”).
- Las sanciones por incumplimiento de los nuevos formularios (Informe 75, 58 y 42)
Plazos para presentar Informe 42-Prácticas empresariales.
A partir del 2024 y los años siguientes, el Informe 42 se deberá presentar de manera anual y según los últimos dos dígitos del Número de Identificación tributaria (“NIT”), del sujeto obligado, sin incluir el dígito de verificación, conforme a la siguiente tabla:
Últimos 2 dígitos del NIT | Plazo máximo |
01-10 | 1 día hábil de julio |
11-20 | 2 día hábil de julio |
21-30 | 3 día hábil de julio |
31-40 | 4 día hábil de julio |
41-50 | 5 día hábil de julio |
51-60 | 6 día hábil de julio |
61-70 | 7 día hábil de julio |
71-80 | 8 día hábil de julio |
81-90 | 9 día hábil de julio |
91-100 | 10 día hábil de julio |
Informe 75
- Con el Informe 75 se integran los Informes 50 y 52 en lo que concierne a la prevención del riesgo de LA/FT y PTEE
- Al igual que el Informe 42, el Informe 75, para el corte del 31 de diciembre de 2022 (o antes), se presentará de acuerdo con los dos últimos dígitos del NIT del sujeto obligado, sin incluir el dígito de verificación, de la siguiente manera:
Últimos 2 dígitos del NIT | Plazo máximo |
01-10 | 23 de octubre |
11-20 | 24 de octubre |
21-30 | 25 de octubre |
31-40 | 26 de octubre |
41-50 | 27 de octubre |
51-60 | 30 de octubre |
61-70 | 31 de octubre |
71-80 | 1 de noviembre |
81-90 | 2 de noviembre |
91-100 | 3 de noviembre |
- La presentación del Informe 75, a partir del año 2024 deberá realizarse anualmente de acuerdo con los dos últimos dígitos del NIT del sujeto obligado, sin incluir el dígito de verificación, con base en la siguiente tabla:
Últimos 2 dígitos del NIT | Plazo máximo |
01-10 | 11 día hábil de julio |
11-20 | 12 día hábil de julio |
21-30 | 13 día hábil de julio |
31-40 | 14 día hábil de julio |
41-50 | 15 día hábil de julio |
51-60 | 16 día hábil de julio |
61-70 | 17 día hábil de julio |
71-80 | 18 día hábil de julio |
81-90 | 19 día hábil de julio |
91-100 | 20 día hábil de julio |
Informe 58 – Oficiales de Cumplimiento
Con esta circular se establece la obligación de comunicar el nombramiento de los oficiales de cumplimiento para SAGRILAFT Y PTEE. Así, las empresas obligadas deben diligenciar el Informe 58 cuando nombre por primera vez a un Oficial de Cumplimiento o sustituyan a alguno. Dicho informe deberá ser presentado dentro de los 15 días hábiles siguientes a la fecha del nombramiento del oficial de cumplimiento.
Sanciones
La Superintendencia de Sociedades indicó que los plazos son improrrogables, por lo que el incumplimiento o inobservancia de la presentación de estos informes puede implicar sanciones de hasta 200 SMMLV.
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